|
RESOLUCION Nº 2354/05
EN SU SESION DEL DIA 27/6/05
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INIA HA ADOPTADO LA SIGUIENTE RESOLUCION:
VISTO: la necesidad de reunir en un documento los principios éticos que orientan la actuación de INIA, así como las reglas básicas de conducta a ser observadas por jerarcas y funcionarios de la Institución;
RESULTANDO: I) que la Institución no cuenta al presente con un Código de Ética que enuncie los principios y valores que encarnan la dignidad moral de los funcionarios de la Institución, en un marco de respeto que garantice en todo momento la libertad de cada una de las personas que integran la organización;
II) que atendiendo al propósito expresado, la Junta Directiva ha estimado necesario, previamente, recabar información con relación al régimen de dedicación de los funcionarios de la Institución dispuesto en el Capítulo IV del Estatuto del Personal, tanto en lo que refiere a situaciones de hecho, como con relación el alcance de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen al presente. En tal sentido, la Junta Directiva, estima necesario transparentar las situaciones existentes, sin perjuicio de procurar una flexibilización de las disposiciones vigentes bajo la observancia de los valores éticos que propugna la organización;
CONSIDERANDO: I) que por lo expresado, la Junta Directiva estima apropiado la aprobación de un Código de Ética y en su entorno atender la dedicación del personal de la Institución, transparentando las situaciones existentes y procurando retener y consolidar sus recursos humanos con plena motivación;
II) que en consonancia con lo expresado, corresponde asimismo, manifestar el propósito de las autoridades de la Institución, de brindar estímulos y reconocimientos al personal atendiendo fundamentalmente a su productividad y dedicación.
ATENTO: a lo previsto en el art. 12 literal L) de la ley 16.065 de 6 de octubre de 1989, ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998, Decreto 30/003 de 23/01/03 y Estatuto del Personal de INIA;
LA JUNTA DIRECTIVA RESUELVE:
1. Aprobar el Código de Ética del Instituto y solicitar la adhesión expresa por parte de los funcionarios permanentes o temporarios. Los funcionarios que se encuentren vinculados con la Institución dispondrán de en un plazo no mayor a treinta días a partir de la fecha de la presente resolución para manifestar su adhesión y los que ingresen posteriormente deberán adherir al Código de Ética al momento de otorgar su contrato laboral.
2. Disponer la declaración jurada de actividades por parte del personal técnico a efectos de su análisis y eventual establecimiento de regímenes especiales de dedicación (art. 18 del Estatuto del Personal de INIA). Dicha declaración deberá efectivizarse en el plazo expresado en el artículo anterior.
3. Expresar que es política Institucional el otorgamiento de reconocimientos y estímulos al Personal, premiando la productividad y dedicación. A tales efectos, se encomienda a la Dirección Nacional, en consulta con el Comité de Coordinación Nacional, la formulación de una propuesta que contemple lo precedentemente expresado.
4. Cometer a la Dirección Nacional y Directores Regionales la implementación de lo dispuesto, manteniendo informada a la Junta Directiva.
5. Comuníquese, etc.
Subir
|