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Ley 17.738 (07/01/2004) y la reglamentación del artículo 71 (21/02/2005)
A partir del 01 de diciembre de 2008 se procederá a cobrar un timbre (hasta el 31/12/2008 de $ 44) por cada informe técnico, que equivaldrá a una factura. Por eso deberán tener en cuenta, especialmente cuando se gira el importe por adelantado que, independientemente de la cantidad de muestras y de los análisis que soliciten, cada envío generará un informe en el/los Laboratorio/s prestador/es del servicio, cada informe una factura y ésta automáticamente nos exigirá el cobro al usuario del timbre que esté en vigencia.
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